Desmovilización y justicia transicional

La función de la pena debe garantizar los derechos humanos

  • Edison Edud Vélez Guisao Autor
  • Liliana Moreno Arias Autor
Palabras clave: Autodefensas, Condena, Derechos humanos, Justicia Transicional, Víctimas, AUC, Sentence, Human rights, Transitional Justice, Victims

Resumen

En el presente artículo se intentará resolver algunos interrogantes que surgen luego de la aplicación de la Ley 1424 de 2010; y que se generan con el tema de la satisfacción de los postulados relacionados con la función de la pena, consagrados en el artículo 4° del Código Penal Colombiano, considerando en detalle la prevención general y la retribución justa. Lo anterior, en el marco de la justicia transicional, que ha sido en gran medida polémica y distanciada de la nueva propuesta de investigación en contexto; si se tiene en cuenta que viene siendo una ley aplicable a los desmovilizados de “base” como combatientes de los grupos ilegales de autodefensas (paramilitares), y quienes no fueron postulados a la Ley 975 de 2006 (Ley de justicia y paz).

Se analiza de acuerdo a la Ley general (ordinaria) la suspensión de la ejecución de la pena otorgada por el Juez; y paralelamente con los postulados generales de la pena (Ley 599 de 2000); la infracción al derecho internacional de los derechos humanos respecto de las víctimas; y así mismo, porqué se violan los derechos humanos en el contexto de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición puestas en marcha desde entonces.

Abstract
An analytical approach will solve looking for simple and precise questions that arise after the implementation of Law 1424 of 2010 in this article; and generated with the theme of satisfying the principles relating to the role of punishment, enshrined in Article 4 of the Colombian Penal Code, considering in detail the general prevention and fair reward. This, in the context of transitional justice, which has been very controversial measure; taking into account that has been an applicable demobilized “base” as combatants of illegal self-defense groups (paramilitaries), law and who were not nominated to Law 975 of 2006 (Law of Justice and Peace). It is analyzed according to the general law suspending the execution of the sentence issued by the court; and in parallel with the general principles
of punishment (Law 599 of 2000); the breach of international law on human rights for victims; and also, because human rights are violated in the context of truth, justice, reparation and guarantees of non-repetition launched since.

Biografía del autor/a

Edison Edud Vélez Guisao, Autor

Abogado de la Fundación Universitaria Luis Amigó FUNLAM. Especialista en Derecho Procesal Penal UNAULA.
Diplomado en Derecho Procesal Constitucional de la Asociación Colombiana de Derecho Procesal Constitucional
ACDPC. Actualmente adelantando estudios de especialización en Derechos Humanos y Litigio Internacional en la
Corporación Universitaria de Sabaneta UNISABANETA. e-mail: eevelez@gmail.com

Liliana Moreno Arias, Autor

Abogada de la Universidad Católica de Colombia. Especialista en Derecho Penal y Ciencias Forenses de la Universidad Católica de Colombia. Actualmente adelantando estudios de especialización en Derechos Humanos y Litigio Internacional en la Corporación Universitaria de Sabaneta UNISABANETA. e-mail: limoreno01@yahoo.com

Publicado
2015-11-07
Cómo citar
Vélez Guisao, E., & Moreno Arias, L. (2015). Desmovilización y justicia transicional. Escenarios Estudiantiles, 1(2), pp. 121-138. Recuperado a partir de http://revistas.unisabaneta.edu.co/index.php/escenariosestudiantiles/article/view/94